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Para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos, y para el más eficaz ejercicio de la actividad sindical de los diferentes ámbitos territoriales en los que se incardinan los puestos de trabajo de sus afiliados.

ANPE se estructura en los siguientes niveles. Estatal, Autonómico, Provincial, Secciones en el extranjero que, participando de la personalidad jurídica del sindicato, podrán ejercitar plenamente la actividad sindical en su respectivo ámbito territorial.

Conforme a lo establecido en el artículo 8 de la LOLS, con los derechos establecidos en el apartado 2 del mencionado artículo, los afiliados de ANPE podrán constituir en los respectivos ámbitos de representación la correspondiente sección sindical.

Los delegados sindicales, además de la actividad sindical que desarrollen en su correspondiente centro de trabajo, actuarán de vínculo de comunicación entre los afiliados a quienes de forma directa representan plenamente y los Órganos de gobierno del Sindicato.

Cada sección sindical de ANPE podrá redactar un Reglamento por el que se regirá su actuación, que deberá ser sometido a la aprobación del Comité Ejecutivo Estatal.

Sectorialmente ANPE se estructura en los Consejos Sindicales Sectoriales que reglamentariamente se determinen.

Estos Consejos Sindicales de Sector estarán constituidos por un secretariado de Sector y los vocales que reglamentariamente se determinen.

En el ámbito provincial son órganos de gobierno:

•  El Consejo Sindical provincial.
•  El Comité Ejecutivo Provincial.
•  El Secretariado Permanente Provincial.
•  La Vicepresidencia.
•  La Presidencia Provincial.

El Consejo Sindical Provincial que será elegido cada cuatro años y cuyas funciones son, en el ámbito de su competencia, las mismas que las del Consejo Sindical Autonómico o el Consejo Sindical Estatal y constará, al menos, de treinta miembros, en nuestro caso de cuarenta, y estará integrado por:

•  El Presidente Provincial.
•  El Vicepresidente Provincial.
•  El Comité Ejecutivo Provincial
•  Tantos delegados sindicales como Secciones de carácter sectorial, comarcal o de distrito que establezca su comité ejecutivo. Estas Secciones se constituirán teniendo en cuenta la necesaria, fácil y recíproca comunicación que se establezca con los afilados.

EL CONSEJO SINDICAL PROVINCIAL

•  El Consejo Sindical provincial se reunirá, al menos, una vez al año con carácter ordinario, y con carácter extraordinario cuando sea convocado por el Presidente provincial, a iniciativa propia o por petición del Comité Ejecutivo Provincial, porque lo solicite un tercio de los miembros.

•  El Comité Ejecutivo Provincial está constituido por:

•  El Presidente Provincial.
•  El Vicepresidente Provincial
•  El Secretariado Permanente provincial
•  El número de vocales que determine y elija el Consejo Sindical provincial.

•  Serán actividades preferentes del Consejo Sindical Provincial del comité ejecutivo Provincial y del Secretariado Permanente provincial:

•  Elaborar la línea de actuación Sindical en la provincial, de acuerdo con lo señalado al respecto por el Congreso Sindical y el Consejo Sindical Estatal, por el Consejo Sindical Autonómico.
•  Convocar y desarrollar las reuniones sindicales de carácter comarcal, local y de delegados sindicales.
•  Relacionarse con los afiliados, de manera regular, a través de los sistemas que estime convenientes.
•  Constituir las secciones sindicales.
•  Formar comisiones, seminarios o grupos de trabajo para realizar estudios determinados sobre objetivos concretos.
•  Organizar actividades que tiendan a crear en los afiliados un auténtico espíritu de unidad que fortalezca al sindicato.

FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO

•  Elaborar la línea de actuación sindical en la provincia, de acuerdo con lo señalado al respecto por el Congreso Sindical y por el Consejo sindical Estatal, y por el Consejo Sindical Autonómico.
•  Convocar y desarrollar las reuniones sindicales de carácter comarcal, local y de delegados sindicales.
•  Relacionarse con los afiliados, de manera regular, a través de los sistemas que se estime más convenientes.
•  Constituir las Secciones sindicales.
•  Formar comisiones, seminarios o grupos de trabajo para realizar estudios determinados sobre objetivos concretos.
• Organizar actividades que tiendan a crear en los afiliados un auténtico espíritu de unidad que fortalezca al sindicato.

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